ARTICULO 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad,
promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios,
derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación
de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política,
administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional,
mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la
vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas
para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra,
bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el
cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
La declaración de Naciones Unidas denominada “Los
Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley”.
Determina que estos servidores emplearán armas de
fuego contra quienes actúen al margen de la ley, en los siguientes casos:
- En defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente
de muerte o lesiones graves.
- Con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente
grave que entrañe una seria amenaza para la vida.
- Con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y
oponga resistencia a su autoridad.
- Para impedir su fuga, y en caso de que resulten insuficientes
medidas menos extremas para lograr dichos objetivos.
Dentro del marco establecido en la Constitución Política de Colombia y
las directrices de la ONU, es claro que en algunas circunstancias extremas
donde la delincuencia se ha desbordado; es necesario reforzar las medidas de
protección de los ciudadanos de bien (trabajadores, empresarios y demás) en su
vida, honra y bienes, como lo solicita FENALCO; claro está, coordinando la militarización temporal, no solo de
Bogotá, sino de otras ciudades como Cali, Medellín, Tumaco, etc; con la
actuación diligente y eficaz de las autoridades judiciales; que impidan que los
delincuentes sigan libres y como lo afirma muy acertadamente una senadora de la
República, prohibiendo la circulación de motos con parrillero en dichas
ciudades. Es torpe, afirmar que a los delincuentes se les puede persuadir con
el dialogo, cuando estos son asesinos o atracadores reincidentes. Este aspecto
que debe tratarse de forma preventiva (desde la niñez), en los hogares, colegios
y escuelas educativas, enseñando valores morales (con la palabra y el ejemplo) y
formación religiosa.
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