DERROCHE GOBIERNO PETRO

 

Gustavo Petro no lleva ni dos (2) meses como mandatario de Colombia y ya empezó a despilfarrar de forma descarada y burda, el erario público (dinero del pueblo) que dice proteger, en cosas personales que con el sueldito que se gana (S 35.000.000), bien podría comprar (camas, cobijas, estufas, televisores, etc), cosas que el pueblo que lo eligió y confió en el (la mayoría pobres) no tienen por qué financiar y menos cuando el Palacio de Nariño ya cuenta con todo esto y Muchiiiiisimo Menos, cuando usa nuestro dinero para comprar las cosas más costosas y lujosas del mercado.

Por lo tanto es inexcusable e indispensable, además de ¡URGENTE! que Mauricio Lizcano, director del DAPRE (Departamento Administrativo de la Presidencia de la República), le cuente al país cual artículo de la ley 819 de 2003 o del Decreto 111 de 1993 (Ley General de Presupuesto), faculta al Presidente de la República y/o en quien el o la ley deleguen esta función, ¿Y cuál  rubro presupuestal, contenido en esta ley? Los autorizan a disponer de una determinada suma del erario público, para realizar COMPRAS PERSONALES.  De lo contrario, está cometiendo el delito descrito en el art.319 del Código Penal Colombiano; a saber:

“Artículo 399. Peculado por aplicación oficial diferente.-

El servidor público que dé a los bienes del Estado o de empresas o instituciones en que éste tenga parte, cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones, aplicación oficial diferente de aquella a que están destinados, o comprometa sumas superiores a las fijadas en el presupuesto, o las invierta o utilice en forma no prevista en éste, en perjuicio de la inversión social o de los salarios o prestaciones sociales de los servidores, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses, multa de trece punto treinta y tres (13.33) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término”.

Por su lado Petro y Francia Márquez, deben ser sometidos a una MOCIÓN DE CENSURA en el Congreso de la República, por un comportamiento abiertamente indigno e inmoral, como funcionarios públicos que son.

¡Y NO NOS VENGAN CON EL CUENTO DE QUE FUE A SUS ESPALDAS, QUE SE METIÓ EL ELEFANTE AL PALACIO DE NARIÑO!

 

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